Manual Antiokupa: ¿Qué hacer si okupan nuestra casa?
Publicado de MSA Puertas de Seguridad en Normativa Puertas Antiokupas · Lunes 14 Nov 2022
La ocupación se produce cuando hay personas que entran ilegalmente en una vivienda, local o finca, sin contrato o título alguno. Según los expertos, el objetivo principal de los okupas es entrar en casas vacías. La probabilidad de que te vayas a comprar el pan y que al volver te encuentres tu casa ocupada es baja, pero siempre existe ese riesgo. La okupación de una vivienda habitual es poco frecuente, pero se ha observado que va en aumento estos últimos años. Los inmuebles que se okupan con frecuencia son pisos vacíos de bancos, residencias vacacionales, y pisos que se anuncian en venta o alquiler. Son aquellas viviendas en las que el propietario tarda en darse cuenta de que han okupado su casa, y eso juega en su contra.
A la hora de recuperar una vivienda ocupada ilegalmente, el tiempo es un factor clave, sobre todo si se okupa una vivienda habitual. En este caso se consideraría un allanamiento de morada y para esta situación el Código Penal permite el desalojo de los okupas por parte de la policía entre las primeras 24-48 horas. Se acudiría entonces a la vía penal, mientras que en el caso de ser una vivienda vacía se recurriría a la vía civil, que es más lenta. Saber qué hacer en caso de okupación es vital para poder recuperar tu propiedad. En este post te vamos a explicar cómo debes actuar en estos casos.
Por otro lado, piensa también en evitar llegar a estas situaciones recurriendo a las soluciones anti okupas. Existen diversas opciones para protegerse de los okupas, pero la más eficaz es sin duda la de comprar una puerta antiokupa. Y si no puedes comprarla, puedes recurrir a las puertas antiokupas de alquiler.
En MSA Puertas de Seguridad disponemos del mejor servicio anti okupas de Barcelona. Fabricamos y comercializamos puertas antiokupas de máxima resistencia, hechas con los mejores materiales y con precios directos de fábrica. También puedes recurrir al alquiler de puertas antiokupas en Barcelona, y pagar solo por el tiempo que necesites tu puerta de seguridad, una cuota mensual,
Derechos de los okupas
Ocupar una casa que no es de tu propiedad sin consentimiento del propietario está tipificado como delito en el código civil. Pero, aun así, los okupas adquieren ciertos derechos:
● No pueden ser desalojados sin una orden judicial, a menos que se den ciertas circunstancias, es decir, si no es primera vivienda o se denuncia pasadas 48 horas.● La vivienda pasa a ser considera su morada si cambian la cerradura de la puerta.● El propietario no pueda forzar la puerta para entrar en su propia casa.● Tienen derecho al suministro de agua, luz, y gas, por tanto, el propietario debe seguir pagándolo
¿Cómo echar a los okupas de casa?
El procedimiento para desalojar a los okupas de una vivienda no es sencillo, y puede llegar a ser muy extenso en el tiempo. Por eso, es mejor siempre pensar en el servicio de alquiler de puertas antiokupas en Barcelona de MSA Puertas de Seguridad.
Estos son los pasos que hay que dar para echar a los okupas:
- Solicitud de recuperación de la vivienda okupada:
Nada más te des cuenta de que han entrado en tu casa los okupas, es primordial que te des prisa en interponer la denuncia ante la policía. Si consigues demostrar que los okupas llevan menos de 48 horas en tu inmueble, la policía puede desalojarlos sin orden judicial, siempre que logren entrar en la vivienda, Se puede entender que es un delito flagrante. Transcurrido ese plazo de tiempo y si los okupas han cambiado la cerradura, la policía ya no podrá intervenir sin una orden judicial.
- Vías a seguir si no te das cuenta enseguida de la okupación:
Si pasan las primeras 48 horas desde la okupación, puedes recurrir a dos vías:
● Vía civil: demanda civil por desahucioDesde 2018, la Ley de Enjuiciamiento Civil creó la figura del desahucio exprés. Es un procedimiento verbal especial, porque es más corto, permite a la persona que tienen derecho sobre un inmueble reclamar su desalojo y devolución frente a los okupas. Para ponerlo en marcha, hay que presentar una demanda de juicio verbal en el Juzgado Decano de Primera Instancia que te corresponda en función de la ubicación de tu casa. En ella debes solicitar la recuperación inmediata de tu vivienda, aportando las escrituras o los títulos que te acrediten como propietario o poseedor legítimo. De esta manera evitarás que se prolonguen los plazos demasiado.● Vía penal: delito de usurpación de bienes inmuebles
Se puede poner una denuncia ante la policía o bien ante el juzgado de guardia. Esta denuncia deberá ir dirigida contra personas concretas, lo cual dará lugar a una investigación sobre la identidad de los okupas. Los procedimientos penales tienen distintas fases, y el proceso se alarga y se complica. Si la vivienda ocupada es la habitual, también tendrás que interponer demanda civil de desahucio. En este caso, no se trata de un delito de usurpación, sino de un delito de allanamiento de morada, que se castiga con penas de prisión de hasta 2 años. Normalmente, los okupas se suelen asegurar antes de que no se trate de una vivienda habitual.
- Identificación de los okupas:
Por regla general, cuando se presenta una demanda de juicio verbal, se debe identificar la persona contra quien se presenta. Pero, no te preocupes si no sabes la identidad de los okupas, puede dirigirse genéricamente contra los desconocidos ocupantes de la vivienda, sin perjuicio de la notificación que de ella se realice a quien en concreto se encontrare en el inmueble al tiempo de llevar a cabo dicha notificación.
Para poder identificar al receptor y a los demás ocupantes, quien realice el acto de comunicación podrá ir acompañado de los agentes de la autoridad. Pero, dentro de la vivienda no están obligados a identificarse, por lo que hay que esperar a que salgan a la calle.
- Notificación de la demanda:
Cuando ya se ha admitido la demanda a trámite, se notifica la misma a los okupas. Se les da un plazo de 5 días para que puedan aportar algún título que justifique que su estancia es legal. Si transcurridos esos días no aporten nada, se procederá al desalojo. Será el juez quien establezca la fecha para hacerlo.
- Intervención de los servicios sociales:
Se notificará la demanda para la recuperación de la propiedad a los okupas cuando en algún momento se encuentren en la vivienda. Y se les preguntará si quieren que se dé conocimiento a los servicios sociales, para que, en el plazo de siete días, puedan adoptar las medidas de protección que en su caso procedan.
- Desalojo de los okupas:
Si la sentencia del juez es favorable al propietario legal de la vivienda, y no se hubiera producido antes al desalojo cautelar, el demandante podrá solicitar la ejecución de la sentencia de inmediato.
¿Qué hacer para evitar a los okupas?
Entre las medidas antiokupas está la de instalar una puerta anti okupas en tu propiedad. Esta es la más eficiente, pero si la combinas con otras medidas complementarias, aún mejorarás más la protección. En el mercado puedes encontrar también cerraduras anti okupas, alarmas anti okupas, ventanas anti okupas, o rejas anti okupas. Las puertas antiokupas tienen precios muy asequibles, pero si tu bolsillo no puede permitirse esa inversión, siempre puedes recurrir a las puertas anti okupas de segunda mano.
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Conclusiones sobre qué hacer en caso de okupación de una vivienda
La okupación de una vivienda habitual es poco frecuente, pero se ha observado que va en aumento estos últimos años. Existen diversas opciones para protegerse de los okupas, pero la más eficaz es sin duda la de comprar una puerta antiokupa. Y si no puedes comprarla, puedes recurrir a las puertas antiokupas de alquiler. Para recuperar una vivienda ocupada ilegalmente es fundamental denunciarlo ante la policía lo antes posible.
¡Evita que los okupas entren en tu casa!